Libertad de establecimiento y movilidad de las sociedades mercantilessu significado y aplicación práctica en la Unión Europea, algunos países y en el ordenamiento jurídico español

  1. Rodas Paredes, Paola
Dirigida por:
  1. Josefina Boquera Matarredona Director/a
  2. José Miguel Embid Irujo Director/a

Universidad de defensa: Universitat de València

Fecha de defensa: 14 de mayo de 2010

Tribunal:
  1. Gaudencio Esteban Velasco Presidente/a
  2. Nuria Latorre Chiner Secretario/a
  3. Guillermo Palao Moreno Vocal
  4. Gerald Spindler Vocal
  5. Jesús Quijano González Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Este trabajo se ha realizado con la idea de abordar el estudio de la movilidad societaria transfronteriza en el contexto del mercado interior europeo. La movilidad societaria internacional, que en un primer momento puede parecer un concepto más bien económico-empresarial, goza de un importante significado jurídico de fuerte raíz mercantil. Su manifestación más clara se encuentra en el traslado internacional de la sede social de las sociedades mercantiles, que representa la movilidad societaria absoluta, pues a través de la transferencia internacional de sede social la sociedad modifica, no solo ya las características propias de su tipo, sino también la legislación aplicable al contrato de sociedad. Por otra parte, el traslado transfronterizo de otras sedes de la actividad societaria, o el inicio de actividades en otro Estado, son también manifestaciones de la actuación internacional de las sociedades mercantiles, y representan la movilidad parcial o secundaria. Como se puede apreciar, el objetivo de esta tesis es determinar y analizar los principales elementos al alcance de las sociedades mercantiles a la hora de movilizarse fuera de su Estado de origen. Al discurrir nuestro estudio en un ámbito internacional era importante identificar el medio más idóneo para conseguir esta movilidad, tanto plena como secundaria, cuales los requisitos que en diversos Estados se exige para poder hacer uso de estos elementos, y cuales las consecuencias que el ejercicio de estas actividades implican para los socios y acreedores sociales. En primer lugar se analiza el fundamento jurídico de la transferencia de sede, para ello en primer lugar se ha considerado indispensable estudiar el alcance que dentro del Derecho de la Unión Europea tiene la Libertad de establecimiento en su aplicación práctica a las sociedades mercantiles, así como los diferentes medios que el Derecho europeo de sociedades ha desarrollado y continúa desarrollando para incentivar la transferencia intracomunitaria de sede También hemos considerado importante estudiar determinados conceptos relativos al conflicto de leyes, esto debido a que siempre que se habla de movilidad internacional es importante establecer los criterios bajo los cuales se determina la norma que rige el traslado internacional. Por último se examinan los diferentes puntos de vista en cuanto a la regulación de la movilidad societaria tanto por parte del legislador español como por parte de otros Estados, dado que de esta manera ofrecemos una mejor visión de la aplicación de los elementos al alcance de las sociedades mercantiles a la hora de cruzar sus fronteras y nos permite analizar los diferentes modos de proteger los intereses en conflicto cuando se utiliza alguno de estos mecanismos de traslado internacional.